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DPEC devolverá dinero cobrado de más a usuarios

La Dirección Provincial de Energía de Corrientes habilitó un canal digital para que los usuarios que consumieron más de 1.000 kW por bimestre soliciten la refacturación o compensación. En lo que constituye un hito para la defensa de los derechos de los usuarios en la provincia, (DPEC) oficializó la apertura del registro de solicitudes para la devolución, refacturación o compensación de las sumas abonadas en demasía por miles de usuarios residenciales y comerciales durante un período de casi seis años.

 

 

 

 

 

La medida administrativa responde de forma directa a lo resuelto por la justicia provincial en el marco del Expediente N.° 32226/09, caratulado «Asociación de Usuarios y Consumidores de la Provincia de Corrientes c/ DPEC y otros s/ Amparo». El fallo del Juzgado Civil y Comercial N° 8 obliga a la distribuidora energética a revisar los cobros efectuados bajo un cuestionado esquema tarifario del pasado.

Quiénes pueden reclamar y el plazo límite

De acuerdo con las especificaciones técnicas dispuestas por la intervención de la empresa energética y convalidadas por el estrado judicial, se encuentran habilitados a realizar el trámite:

«Aquellos usuarios de toda la provincia que, durante la vigencia del Cuadro Tarifario 89 (desde el 1 de octubre de 2008 hasta el 31 de marzo de 2014), hubieran registrado consumos de energía eléctrica superiores a los 1000 kW por bimestre».

Para concretar la solicitud, la distribuidora provincial implementó un mecanismo digital que busca agilizar la carga de datos. Los damnificados contarán con un plazo ordenatorio de 180 días corridos, contados a partir de la puesta en funcionamiento del enlace digital, para completar el formulario obligatorio de reclamo de forma remota.

Las autoridades de la DPEC aclararon de forma expresa que aquellos usuarios que ya hubieran efectuado una solicitud administrativa con anterioridad deberán realizar el trámite nuevamente a través de la nueva vía informática para que los registros queden unificados en el sistema de autogestión de la distribuidora.

Atención presencial y vía ejecutiva ante rechazos

Para los usuarios que presenten dificultades técnicas, inconsistencias en los números de cliente de las facturas de la época o particularidades en la titularidad del servicio de esos años, la empresa estatal determinó que podrán acercarse a la oficina de Atención al Cliente más próxima a sus domicilios para recibir el asesoramiento de los agentes comerciales.

Por otra parte, la resolución judicial previó el escenario ante eventuales rechazos de la prestataria. En caso de recibir una negativa por parte de DPEC, el usuario damnificado quedará habilitado a solicitar el testimonio del fallo ante la secretaría del Juzgado Civil y Comercial N° 8 (ubicado en la calle 9 de Julio 1099, 4° piso, de la Ciudad de Corrientes).

Con dicho documento legal, el ciudadano podrá iniciar la petición para la percepción individual de sus acreencias económicas ante el tribunal con competencia contencioso-administrativa correspondiente a la jurisdicción de su domicilio particular, mediante el procedimiento técnico de ejecución de sentencia reglado bajo la Ley de Procedimientos Administrativos de la provincia.

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