La Justicia fundamenta su advertencia en que la ex mandataria participó activamente en la convocatoria al colgar una bandera de grandes dimensiones, que cruzaba la calle y estaba sostenida por cables entre su balcón y el edificio de enfrente.
Respecto a las alteraciones del orden, consideren que la convivencia con los vecinos del barrio se fe afectada, debido a las reiteradas manifestaciones y la instalación de estructuras que interrumpen la vida cotidiana del barrio y violan la normativa de comportamiento pacífico impuesta para mantener la detención domiciliaria.
Asimismo, se indicó que, para este tipo de intervenciones en la vía pública, se requieren autorizaciones del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, por lo que estos sucesos podrían encuadrarse en una contravención.
Para finalizar, la resolución judicial a la que se refiere Giménez Uriburu invoca el artículo 34 de la Ley 24.660 de Ejecución de la Peña, en la que esta norma le otorga al magistrado la potestad de enviar a Cristina Kirchner a una cárcel común en caso de nuevos incumplimientos injustificados. AgenciaNA
