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Reinscripción de embarcaciones menores en los registros jurisdiccionales de Prefectura

La Prefectura Naval Argentina informa a los propietarios de embarcaciones de arqueo bruto igual a dos que, en el marco de la Ordenanza 01-26 de la Dirección de Policía de Seguridad de la Navegación, tendrán un plazo de dos años, que vence el 27 de Agosto de 2028, para reinscribir sus embarcaciones en los registros jurisdiccionales correspondientes.
La medida alcanza a las embarcaciones que poseen un arqueo bruto igual a dos que hoy se encuentran registradas en la 2da. Agrupación (mercantes menores), 3ra. Agrupación (fiscales) o en el Registro Especial de Yates (R.E.Y.).El trámite es simple, rápido, cómodo y puede ser realizado en la dependencia de la Prefectura Naval Argentina que cada propietario elija.

Para realizar la solicitud, se debe completar el «Formulario Nº 3», disponible en https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/2018/12/formulario_3_solicitudesvarias_actualizado_02-26.pdf y elegir una dependencia, que emitirá un nuevo Certificado de Matrícula de acuerdo al lugar de registro.

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