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Adiós a la VTV: El Gobierno habilitó a talleres mecánicos particulares

El Gobierno Nacional dio un nuevo paso en la desregulación del transporte automotor con la actualización del régimen de la Revisión Técnica Obligatoria (RTO) y la creación del Registro Nacional de Talleres de Inspección Técnica de Vehículos.

A partir del trabajo articulado entre el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado y la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía, la medida fue publicada hoy en el Boletín Oficial (Resolución 32/2026)  con el objetivo de:

  • Simplificar los procesos administrativos
  • Aampliar la oferta de servicios para los usuarios
  • Garantizar las condiciones técnicas indispensables 
  • Mantener los estándares de seguridad vial en un marco más flexible y eficiente

Según pudo saber la Agencia Noticias Argentinas, se busca impulsar la modernización del sistema y promover un esquema más competitivo, eficiente e integrado. 

De esta manera, la reforma reemplaza mecanismos cerrados, fragmentados y burocráticos por un modelo más simple, interoperable y previsible para quienes viven, trabajan y circulan en todo el territorio argentino.

¿Dónde se podrá realizar la verificación técnica?

Las verificaciones de vehículos particulares, comerciales, de pasajeros o carga, antiguos y especiales podrán realizarse en cualquiera de los establecimientos inscriptos en el Registro Nacional de Talleres de Inspección Técnica de Vehículos.

Es decir que, con esta normativa, los usuarios podrán realizar la revisión técnica vehicular que corresponda en su taller de confianza, siempre que el mismo cumpla con los requisitos técnicos exigidos y se encuentre inscripto en el registro.

Esto posibilita cumplir con la necesaria verificación técnica  a través de un procedimiento más ágil, previsible y accesible, lo cual elimina restricciones injustificadas que, según se informó oficialmente, puedan impedir la libre interacción entre la oferta y la demanda.

Los plazos para la revisión técnica:

Primera inspección:

  • Vehículos particulares 0km: 5 años.
  • Vehículos cargas y pasajeros 0km: hasta 12 meses máximo.

Revisión periódica: 

  • Vehículos particulares: hasta 10 años: cada 24 meses. Más de 10 años: cada 12 meses.
  • Vehículos no particulares (cargas y pasajeros): cada 12 meses.

Requisitos técnicos:

Se continuará exigiendo la presencia de un Director Técnico y el cumplimiento de los procedimientos de revisión establecidos en la normativa vigente.

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