Bienes “legítimos” de los hijos de CFK
Los abogados defensores de CFK, quien cumple bajo arresto domiciliario la condena a seis años de prisión por administración fraudulenta, reclamaron que se deje sin efecto ese decomiso ordenado por el Tribunal Oral Federal 2.
La medida “no constituye una derivación razonada del derecho vigente y de las constancias de la causa, sino importa una nueva expresión del denominado derecho creativo, inventado hace años para perseguir a nuestra representada” y que ahora es “utilizado para castigar también a su núcleo familiar”.
“Indudablemente, estamos frente a un acto de persecución política enmascarado bajo el ropaje de una pretendida resolución judicial”, agregaron los letrados Carlos Beraldi y Ary Llernovoy.
Los abogados sostuvieron que todavía “no existen decisiones judiciales firmes en torno a la cuantía del decomiso dispuesto” ni sobre cuáles son los bienes sujetos a la sanción penal, porque hay recursos de apelación pendientes, incluso en trámite ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Por ello todo trámite al respecto debe suspenderse para “evitar perjuicios de imposible reparación ulterior”, advirtieron en su escrito. Por eso pidieron a Casación que revoque la decisión del TOF2 y ordene la suspensión de todas las actividades administrativas y ejecutivas que buscan concretar la entrega de esos bienes a la Corte Suprema como administradora.
Si se avanza se trataría de una “confiscación de bienes legítimamente adquiridos por Máximo y Florencia Kirchner“.
“Todos los bienes que conforman el patrimonio de Máximo y Florencia Kirchner tienen origen lícito, lo cual ha sido acreditado por la justicia con calidad de cosa juzgada en diversos fallos. Lo propio ocurre con los actos jurídicos a través de los cuales, legalmente y con total buena fe, Máximo y Florencia Kirchner recibieron estos activos por parte de sus progenitores“, argumentó la defensa.
En relación a ello, al “no mediar sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada en torno a estas cuestiones, que conllevan al desapoderamiento definitivo de bienes legítimamente adquiridos por Máximo y Florencia Kirchner, deberá suspenderse la tasación, la inscripción registral, la puesta a disposición de la Corte Suprema de Justicia de la Nación o de cualquier otra entidad, la realización y la ejecución de las propiedades aludidas”, enumeraron.
De lo contrario, “se concretará una privación del derecho de propiedad sin una sentencia judicial firme y fundada en ley anterior al hecho del proceso, en franca violación a lo previsto en el art. 17 de la Constitución Nacional”, concluyeron los defensores.
La decisión sobre los bienes de los hijos “avasalla el derecho de propiedad, el principio de legalidad, el principio de inocencia, el modelo acusatorio, el derecho de defensa en juicio, el valor de la cosa juzgada y el principio de culpabilidad“ y de ser necesario podrían recurrir a organismos internacionales, concluyeron.
“Evitar la impunidad”
La medida, argumentó la fiscalía, “no constituye una sanción autónoma ni una pena nueva, sino la consecuencia necesaria y legal de una condena penal firme, dictada tras un proceso que respetó plenamente las garantías del debido proceso”, según el escrito fiscal al que tuvo acceso Infobae.
Villar advirtió que el decomiso “no aparece como una extensión indebida de la pena, sino como un instrumento indispensable para asegurar la eficacia material de la condena, especialmente en delitos complejos de corrupción organizada”.
El Tribunal Oral Federal 2 que llevó adelante el juicio oral y tiene que ejecutar la pena “señala correctamente que, en el caso en estudio, el decomiso fue expresamente dispuesto en la sentencia condenatoria y cuantificado en una suma determinada, quedando pendiente únicamente su ejecución concreta mediante la identificación y realización de bienes aptos para satisfacer ese monto”.
La resolución no modifica el contenido de la condena ni introduce nuevas obligaciones, “sino que se limita a hacer operativa una consecuencia penal ya establecida, conforme a las reglas propias de la etapa de ejecución”.
“Se pretende, de esta manera, evitar la impunidad en estos hechos graves, privar a las personas implicadas del producto de sus actividades delictivas y generar conciencia de la gravedad de estos sucesos en el rumbo de los pueblos”, concluyó la fiscalía.
El caso Vialidad
En la misma sentencia fueron condenados Lázaro Báez; el ex secretario de Obras Públicas José Francisco López; el ex titular de Vialidad Nacional Nelson Guillermo Periotti; los ex funcionarios de Vialidad Provincial de Santa Cruz Raúl Gilberto Pavesi, Raúl Osvaldo Daruich, Mauricio Collareda, José Raúl Santibáñez y Juan Carlos Villafañe.
A todos se los halló responsables del delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública. en el marco de la adjudicación de contratos de obra pública vial nacional en la provincia de Santa Cruz, a favor de empresas vinculadas a Báez, con direccionamiento, sobreprecios y otras irregularidades, según dio por probado la Justicia
